La universidad advierte que anular el proceso sin evidencia estructural de fraude pone en riesgo la estabilidad democrática del país.
Tegucigalpa – La Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH) emitió un comunicado en el que sostiene que la nulidad electoral solicitada por el Partido Libertad y Refundación (LIBRE) es jurídicamente improcedente al no contar con pruebas que demuestren un fraude estructural, requisito indispensable para invalidar un proceso democrático.
Como ente rector del pensamiento crítico y jurídico del país, la UNAH recordó que su obligación histórica es la defensa del Estado de Derecho, la soberanía popular y la estabilidad institucional, principios que considera vulnerados ante la solicitud presentada.
La nulidad electoral es una medida extrema y excepcional
Según el análisis técnico y doctrinal realizado, la UNAH subraya que la nulidad electoral solo procede cuando existe prueba plena, directa y determinante de que la voluntad popular fue destruida por un fraude estructural.
La institución enfatiza que esta figura no es un mecanismo político de impugnación, sino una herramienta estrictamente excepcional destinada a proteger la soberanía del electorado.
La soberanía popular como límite constitucional inquebrantable
La universidad destaca que el voto es el acto jurídico que funda el poder democrático y que, por tanto, ningún órgano del Estado puede sustituirlo sin evidencia concluyente de afectación grave.
La UNAH advierte que anular una elección sin prueba de fraude constituiría un desconocimiento indirecto de la voluntad del pueblo, lo cual quebrantaría los principios del Estado Democrático de Derecho.
El principio de conservación del acto electoral
El informe reafirma que en democracia debe prevalecer el principio de conservación del acto electoral válidamente emitido, lo que implica:
- Preservar los resultados del sufragio.
- Corregir fallas técnicas mediante auditorías.
- Verificar resultados con recuentos.
- Subsanar irregularidades formales.
La nulidad solo debe aplicarse cuando exista una destrucción jurídica generalizada de la voluntad popular, algo que según la UNAH no se ha demostrado.
Insuficiencia probatoria en los argumentos de nulidad
La institución señala que los elementos presentados por la solicitud fallas del TREP, inconsistencias numéricas, eliminación de la biometría, hechos de violencia e injerencia extranjera no constituyen causales legales de nulidad, ni fueron acreditados como determinantes del resultado electoral.
Entre los hallazgos destacan:
- El TREP no tiene valor decisorio.
- Las inconsistencias numéricas no fueron individualizadas ni demostradas.
- La biometría no es requisito constitucional del voto.
- La violencia denunciada no se probó como generalizada.
- La supuesta injerencia extranjera no es causal jurídica de nulidad.
La nulidad no supera el test de constitucionalidad
Al aplicar un análisis constitucional reforzado, la UNAH concluye que la pretensión de nulidad:
- Vulnera la soberanía popular
- No demuestra afectación a la autenticidad del voto
- Rompe la seguridad jurídica
- Es desproporcionada
- Desconoce el principio de conservación del acto democrático
- Genera inestabilidad institucional
Por ello, afirma que declarar nulas las elecciones en estas condiciones sería incompatible con el orden constitucional.
Riesgos nacionales de una nulidad sin fundamento
La universidad advierte que una nulidad injustificada provocaría:
- Crisis de gobernabilidad
- Ruptura de legitimidad democrática
- Aumento del conflicto social
- Mayor riesgo país
- Deterioro del clima de inversión
- Judicialización extrema de la política
- Debilitamiento de la cultura democrática
La UNAH llama a fortalecer la institucionalidad
El comunicado cierra afirmando que lo procedente es auditar, verificar y corregir irregularidades, siempre respetando la soberanía popular y la estabilidad del Estado.
